Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado: JIMMY ALBERTO CHIRINOS PITRE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 20-07-1979, soltero, de profesión u oficio taxista, cedula de identidad No. 14.824.349, hijo de NELSDA PITRE y ALBERTO CHIRINOS, residenciado en la Urbanización Ciudadela Rafael Caldera, avenida 47S, casa N° 211B-35, detrás del abasto Génesis, Municipio San Francisco, teléfono 0424-6173979, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de persona AUN POR IDENTIFICAR, por cuanto l.....