DECLARA: PRIMERO: ABSUELVE al acusado ciudadano JUAN CARLOS SÁNCHEZ MÉNDEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-17.833.404, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 29/06/1987, concubino, hijo de Beatriz Sánchez y padre desconocido, residenciado en el Barrio Ixora Rojas, calle 99A, casa N°. 56-137, Maracaibo, Estado Zulia, DECLARÁNDOLO INCULPABLE de la imputación que por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano JERRY MORALES, que le atribuyera el Fiscal 39º del Ministerio Público en formal Acusación Penal. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano acusado JUAN CARLOS SÁNCHEZ, previamente identificado, DECLARÁNDOLO CULPABLE de la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO, imponi.....