V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los abogados TEODORO PINTO OSORIO E IDEMARO GONZÁLEZ SULBARÁN, inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nros. 148.384 y 40.634, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos GILBERT MARANAN, ALLAN CALVARIDO, JUANICRIS CALUMAG, NOEL LIBATON, GLEND LOJA, GINSON CANDAVA, JOSEPH IVAN LLOYD FLORES, AGERICO VIADO, WILFREDO REQUINA, GERARDO DACUTANAN, EDGARD BERNADA, EMEMAR BUSCATO, WALTER CAGANAN, AZER CAMPOREDONDO, ANDY BAUTISTA, RONALD ROBILLO, BUENABETH RESCO, RODEL FRONDOZA, LOUIE LLAMADO, RICARDO CABOTAJE y RIEZEL GIGANTO.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nro. 1898-16, dictada en fecha 10.11.2016 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Func.....