DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos legales y jurisprudenciales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano COSME ANTONIO SÁNCHEZ UZCÁTEGUI contra la compañía anónima CENTRO MÉDICO PARAÍSO, C.A., en consecuencia la condena a pagar al accionante, la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.727.600,oo) por el concepto de cesta ticket que se calcula de la siguiente manera:
a) Desde 1 de enero de 1999 hasta el 4 de abril de 1999, la Unidad tributaria tenía un valor de SIETE MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 7.400,oo), laborando ochenta (80) jornadas y calculando cada ticket .....