Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto contentivo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR , intentado por la ciudadana LILIMAR DEL CARMEN VASQUEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V--25.296.476, en contra del ciudadano YORDY RAFAEL GOMEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.821.150, en favor y beneficio de los niños de auto, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente asunto.