Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda librar ORDEN DE APREHENSION en contra del acusado FREDDY JOSE OVIEDO PEROZO, Venezolano, Natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 13-12-1969, estado civil soltero, de profesión u oficio Latonero Pintor, Titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.452.336, hijo de los ciudadanos ARTURO OVIEDO Y BETILDE PEROZO, residenciado en Calle Rafael Urdaneta, Sector las 5 Bocas, Casa sin número, cerca del Abasto La Cuchilla del Niño, Cabimas Estado Zulia, teléfono 0414-1254106, por encontrase bajo MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 250 en concordancia con los ordinales 1, 2 y 3 del artículo 251, 252 del Código Orgáni.....