DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA al Penado JIMMY ENRIQUE BERMUDEZ MORALES, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, soltero, fecha de nacimiento 17-02-1988, titular de la Cedula de Identidad Nro. 17.292.723, hijo de los Ciudadanos Adafel Bermúdez y Ana Morales, residenciada en el Barrio Ma Vieja, Av. Principal con Calle 180 A, Casa No. 52 -152 Maracaibo Estado Zulia, actualmente recluida en la Cárcel Nacional de Maracaibo, como Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena el DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO O REGIMEN ABIERTO en el Centro de Tratamiento Comunitario "Insp. Rafael Antonio Ochoa Castro", ubicado en esta Ciudad, todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1°, en concordancia con el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, .....