DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE: PRIMERO: al penado BRAYAN ALEXANDER BECERRA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° 19.752.636, como FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, quien SEGUNDO: AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DEL PENADO, a la ciudad de Mérida, en virtud de que la oferta laboral propuesta para el penado en mención, se encuentra ubicada en la ciudad de Mérida, asimismo el penado cuenta con su apoyo familiar en la misma ciudad, quien laborara en Centro Comercial Ejido, Piso 1, Local 20, Negocio Alfa y Omega, Mérida Estado Truji.....