Por los fundamentos de Hecho y de Derechos esgrimidos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado ENYELBERT ENRIQUE FUENMAYOR CHOURIO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 21/11/83, soltero, de profesión u Oficio albañil, Cedula de identidad N° 22.082.174, hijo de Gloria Chourio y de Edgar Fuenmayor y residenciado en la Urbanización Plaza el Sol calle principal edificio Las Gardenias, piso 7 apartamento 7ª del Municipio San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con los artículos 80 y 82, ambos del Cód.....