Acuerda dictar AUTO PARA MEJOR PROVEER a fin de oficiar al Registro Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo, para que en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la notificación ordenada, más cuatro (4) días continuos que se le conceden como término de distancia, a fin de que informen a este Juzgado Nacional, si en sus archivos o base de datos, reposa algún registro (Acta de Defunción) que certifique el fallecimiento del ciudadano Jesús Arguinsonez Escalona, titular de la cédula de identidad Nro. 3.985.413; y, en caso de que la información mediante este acto requerida, conste efectivamente en sus archivos, se sirva remitir copia certificada de la misma a este Órgano Jurisdiccional, posterior a lo cual, de existir la información requerida pueden las partes intervinientes impugnar tal información, dentro de los diez (10) días siguientes a que conste en autos la misma, conforme al procedimiento previsto en el artículo 40 de la.....