Por los fundamentos de Hechos y de Derecho expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano MIGUEL ALFONSO FARAONE ALBARAN, venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, cedula de identidad, N° 17.180787, de 24 años, hijo de BELKIS ALVARRAN Y REMON FARAONE, con domicilio en la Urbanización LAGO MAR BACH, calle 15d casa 15d-107, Telef. 0416662935, por la comisión del delito de CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRASPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la LEY PENAL DEL AMBIENTE, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Todo de conformidad con establecido en el numeral 7 del articulo 48 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 3º del artículo 318 del mismo Código. Regístrese l.....