Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN, administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA, y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor de los Penados JHOAN MANUEL VARGAS, de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio Cabimas del Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° V-13.839.436, hijo de FRANCISCO CASTILLO y de LIGIA RAMONA VARGAS, residenciado en la Calle 41 Bella Vista, Casa N° 26, por la entrada del Cementerio Nuevo, Municipio Cabimas del Estado Zulia; y ELY ENRIQUE ANTUNEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio Cabimas del Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° V-16.160.276, hijo de ELISAUL ANTUNEZ y de MIRIAN RODRIGUEZ, residenciado en el Barrio Bella Vista, Avenida 34, Casa N° 13, cerca del Cementerio de Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia, quienes fueron Condenados bajo Sen.....