Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley acuerda: Medida de Protección, Consistente Custodia Personal Permanente las Veinticuatro (24) Horas del día, con la duración de Seis (6) Meses, a partir de la presente fecha, a favor del ciudadano MANUEL GUILLERMO ORTIZ BARRAZA, quien es de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.297.712, de Estado Civil Soltero, de 31 Años de Edad, de Profesión u Oficio Comerciante, residenciado en Sierra Maestra, Calle 16 con Kilómetro 4, Casa N° 1-28, Municipio San Francisco del Estado Zulia, Teléfono: 0424-6166420, y su entorno familiar, en tal sentido se acuerda oficiar, con carácter de Urgencia, al Director del Cuerpo Policial del Municipio San Francisco, (POLISUR), a los fines de ordenar, que re.....