DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN de la pena por cumplimiento de la misma a favor del penado CARLOS GREGORIO MARIN, portador de la cédula de identidad Nro. No porta, venezolano, de 19 años de edad, soltero, ayudante de albañilería, hijo de Pastor Marín y de Ana Rosa Medina, residenciado en la Urbanización San Felipe, vereda12, casa Nro. 54-34, San Francisco, de conformidad con el Artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena pasar en Autoridad de Cosa Juzgada la presente causa y el cierre de presentación del mismo en el libro de Presentaciones. Publíquese, Registrase, Notifíquese y remítase en su oportunidad la causa al archivo judicial.