Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano ERWIN SAÚL RODRÍGUEZ RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.024.512, debidamente asistido por su abogado, ciudadano NELSON CARDOZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.421, correo electrónico nelsoncardozoabg@gmail.com y número de teléfono 0414-6929997, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en contra de la ciudadana CRIMAIRA MÁRQUEZ ALVELÁES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.412.368, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y .....