Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos JOSÉ JESÚS MUCHACHO NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.721.855, número telefónico 0414-6549874, correo electrónico jmuchacho59@gmail.com, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, y SONIA MARGARITA CAMBERO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.721.820, número telefónico 0426-1684143, correo electrónico soniacambero@gmail.com, y de igual domicilio. ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE incluso en la página Web de Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así.....