Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana AMALOA DE LA TRINIDAD MORAN CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.613.292, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra la Sociedad Mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil del Estado Mérida, el día 22 de marzo de 1983, bajo el No. 41, Tomo 1-A, domiciliada en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, con sucursal en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
2.- SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, por haber sido vencida totalmente en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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