Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, Y LA DEFENSA PRIVADA, Y, EN CONSECUENCIA, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano HÉCTOR RAFAEL OROCHENA, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal, nacido en fecha: 7/10/1958, de 51 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Consultor Tributario, titular de la cedula de identidad N° V-5.521.040, hijo de Ramón Martínez y Cristina Orochena, residenciado en la Urbanización Los Naranjos, Avenida Sur 3, Residencia Catys Palace, Piso 3, Apartamento 23, Municipio el Hatillo, Caracas, teléfono: 0212-9851434 y 0414-250-5990; la cual fue iniciada por la comisión del delito de PECULADO CULPO.....