Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos YANETT MARÍA D´AMATO LÓPEZ y JOSÉ RAFAEL ESPINOZA ROSAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-11.252.060 y V-5.711.101, respectivamente, domiciliados la primera en la Carretera "L", Calle 4, Casa N° 14, y el segundo en la Carretera "L", Villa San José, Tow House N° 04, ambos en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y que estos contrajeron por ante la Primera Autoridad de Registro Civil de la Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha diez (10) de diciembre del año dos mil cuatro (2.004).