En razón de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: declara con lugar las solicitudes realizadas tanto por el Ministerio Público como por la Defensa, y en consecuencia DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al Imputado LUIS GERARDO RODRIGUEZ MATTEY, venezolano, natural de Punta de Mata Estado Monagas, fecha de nacimiento 16-12-1981, de 27 años de edad, soltero, profesión y oficio comerciante titular de la cédula de identidad No 16.312.488, hijo de Daisi María Mattey y de Luis Ramón Rodríguez Rondón, residenciado en la calle Ayacucho, cruce con Ezequiel Zamora, sector Las Garzas, casa N° 5, Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas teléfono Nº 0416-4964089, de conformidad con lo e.....