III
DECISIÓN
,
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los bienes propiedad de la Sociedad Mercantil IMAGEN TOTAL II C.A., a que se refiere el documento de condominio del EDIFICIO RESIDENCIAL ALEXANDRA PAOLA, ubicado en la Avenida 12, con Calle 69-A, No. 12-27, Sector Tierra Negra en Jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos, inscrito en el Registro Público Primero del Circuito de Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el 24 de noviembre del 2016, bajo el No. 28, folios 160, Tomo 51 del Protocolo de Trascripción del 2016, sobre los ^filamentos signados bajo los Nos. "1A", "1B2", "2B1", "3A", "3B1", "3B2", "4B1", ‘4B2" respectivamente.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE INNOVAR.....