DISPOSITIVO
Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante,JUZGADO DECIMO CUARTO DE MUNIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DELOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA suficientes los Derechos que tienen los ciudadanosNEREIDA DEL CARMEN CHACON GOMEZ,NERGIO ENRIQUE PRIETO GONZALEZ, RICARDO ALFONSO PRIETO GONZALEZ, MAYTE CAROLINA PRIETO GONZALEZ y MONICA SOFIA PRIETO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.741.270, Nº 9.786.658, Nº 9.786.657, Nº 12.589.216 y Nº 12.945.238, respectivamente, pareja estable de hecho e hijos legítimos del de cujus como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causanteNEGIO ENRIQUE PRIETO URDANETA. ASI SE .....