Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDINARIA) incoara la Sociedad Mercantil Adriática de Seguros, C.A., en contra de la DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA Sociedad Mercantil SERWESTCA, C.A., hoy denominada TURBOCARE, C.A., las cuales han sido identificadas en la respectiva parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte actora de la presente causa por resultar totalmente vencida al pago de las costas procesales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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