este Tribunal declara la EJECUCIÓN FORZOSA del ut supra decreto intimatorio, razón por la cual se dicta medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada la Sociedad Mercantil Inversiones y Representaciones Jappy, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de noviembre de 2007, bajo el Nº 48, tomo 121-A, en su condición de principal deudora, y el ciudadano Alfonso Gregorio Tinoco Escobar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.407.877, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en su carácter de fiador y principal pagador, hasta cubrir la cantidad de SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES COMA TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 6.695.099,38), que es el doble de la suma reclamada para el pago. Asimismo, si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES TRES.....