IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en la INHIBICIÓN formulada por la Dra. MARTHA ELENA QUIVERA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-14.233.915, en su carácter de Jueza del Juzgado Superior Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por FRAUDE PROCESAL fuere interpuesto por la Sociedad Mercantil AGENCIA DE VIAJES PRAGA, C.A., debidamente constituida por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 02 de septiembre de 2008, bajo el No. 35, Tomo 45-A, según los libros respectivos; en contra de los ciudadanos ERIC LEÓN RINCÓN, JOSÉ ENRIQUE REYES y JUAN CARLOS ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titular.....