Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento y extinguida la instancia del presente asunto por motivo de Privación de la Patria Potestad, incoado por la ciudadana Patricia Grace Escobar Perdigón, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.458.548 en contra del ciudadano Davinson Enrique Vilchez Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.918.076, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del presente asunto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido, Devu.....