DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO al penado JAIME JAIMES CHOLES, Colombiano , titular de la Cédula de Identidad N° 18.920.828, natural de Agua Chica, de 36 años de edad, hijo de Juvencelao Choles Maestre y de Ana Sofía Cesar, residenciado en el Sector Río Culebra, parte alta, vía Caja Seca, Estado Mérida - Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 del Código 0rgánico Procesal Penal.- Asimismo, se le impone que deberá residir en la dirección que señaló al Tribunal, cumplir con la presentación que le fue impuesta hasta que culminará el día 04-03-2008 para lo cual comparecerá ante este Tribunal el día 05-03-2008, a los fines de aportar su dirección y el nombre de la Intendencia en la cual residirá . Publíquese, Regís.....