Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. Su COMPETENCIA para conocer de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto en fecha 14 de marzo de 2024, por los ciudadanos Jully Cegarra, Hilda Peña, Jesús Echeverría, Liliana Yepez, Orlando Herrera, Carmen Montes, Alexander Borgues y Dulce Meléndez, titulares de la cédula de identidad Nº V- 11.787.741, 4.720.909, 5.247.525, 7.443.416, 4.373.999, 7.372.197, 8.659.476, y 4.605.106, representantes legales de la Coalición Sindical del Estado Lara, debidamente asistidos por el abogado Víctor Rojas, identificado en autos, contra la decisión dictada en fecha 19 de marzo de 2024, por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitu.....