Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DECLARA a la ciudadana JACKELINE DEL CARMEN CASTAÑEDA DE CARMONA, y a sus hijos, los niños Se omite de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: JULIO CESAR CARMONA MORILLO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.548.743, y que falleció Ab-Intestato en fecha Nueve (09) de Mayo de dos mil dieciséis (2016), según se evidencia de copia certificada del Registro de Defunción Nº 05, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil del municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese, y déjese copia c.....