DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION de fecha 18 de Diciembre de 2.008, celebrado entre los ciudadanos YANETH DEL VALLE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º 9.784.991 y el ciudadano ESTEBAN MANUEL POLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º 7.800.088, domiciliados en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistidos en este acto por la Defensora Pública Especializada Octava (8°), Abogada MARINE SILVA, en beneficio de los niños y/o adolescentes ANDERSON ANDRES y EVELYN ANDREINA POLO RODRIGUEZ, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de .....