DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA, propuesta HENRY JOSÉ LEÓN VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 4.525.342, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 13.572, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, número de teléfono 0414-6396019, correo electrónico: henryjlenv@gmail.com, actuando en nombre propio y representación, en contra de los herederos desconocidos del ciudadano MANUEL AROCHA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE, y REGÍSTRESE. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformi.....