Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR lo solicitado por la Representación Fiscal y se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos: 1) BRINOLFO ANTONIO CARVAJAL, de nacionalidad Venezolana, natural de Machiques de Perija, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.932.807, fecha de nacimiento 31/05/1963, de 45 años de edad, profesión u oficio obrero, casado, hijo de ANGELA CARVAJAL Y JESUS URDANETA, y residenciado en la Invasión La Pradera, frente del Comando de Transito Terrestre, rancho de zinc, le dice Altos de Jalisco; del Municipio Rosario de Perija de la Villa del Rosario del Estado Zulia. 2) WOLFANG ENRIQUE RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Sinamaica,.....