Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad en contra del ciudadano JOSE JAVIER TORRES SANTANA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 30 años de edad, Fecha de Nacimiento: 29-10-1973, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de José Torres y de Gladys Santana, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.379.207, residenciado en el Barrio Rafael Caldera, pasando el puente La Maroma, vereda que colinda con el caño, casa s/n, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien el Fiscal del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO O ROBO, .....