Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la sociedad mercantil Agropecuaria Amaltea, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el número 15, Tomo 152-A 485, de fecha dos (02) de agosto de dos mil dieciséis (2016), representada por los ciudadanos Maximiliano Raúl Mendoza Borjas y Daniel Padrón Borjas, venezolano, mayor de edad, identificado con el número de cédula de identidad 15.287.172 y 24.241.513; sobre las mejoras, bienhechurías y edificaciones construidas en el lote de terreno denominado "Potro Salvaje", ubicado en el sector La Y, parroquia José Cenovio Urribari, municipio Santa Rita del estado Zulia, cuyos linderos son los siguientes: Por el NORTE: t.....