En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) CON LUGAR: La demanda presentada la S.M. VALORES E.J.E., C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 20 de diciembre del 2002, Nº 22, tomo 53-A, de este domicilio en la persona de de Presidente de la misma, el ciudadano ELÍAS MOLKO ABADI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.537.404, de este domicilio, representado legalmente por los abogados MARIA TORRES, IVÁN TORRES y PEDRO RINCÓN, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nº 140.311, 13.614 y 61.033 respectivamente, de este domicilio, en contra del ciudadano JUAN FRANCISCO MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.628.499, de este domi.....