Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus JAIRO ALBERTO MATA MENDEZ; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.526.041, fallecido el día siete (7) de agosto de 2020 , en jurisdicción de la Parroquia Germán Ríos Linares del municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos LUZ MARINA MEDINA DE MATA, JAIRO ANTONIO MATA MEDINA, JAIMIR ALBERTO MATA MEDINA, JAVIER JOSÉ MATA MEDINA y JOAN CARLOS MATA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.709.866, 18.188.904, 14.901.754, 18.216.916 y 16.163.583, respectivamente, y de igual domicilio, en su condiciones de có.....