A tal efecto, este Tribunal Colegiado considera, que lo procedente en el presente caso es ADMITIR el recurso de apelación interpuesto en la modalidad de EFECTO SUSPENSIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, por el profesional del derecho JHON JOSE URDANETA FUENMAYOR, en su carácter de Fiscal Provisorio (E) de la Fiscalía Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con Sede en Santa Bárbara, en contra de la sentencia N° 079-2020, de fecha 21 de Diciembre de 2020, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara.
Así mismo, se fija Audiencia Oral, para el día VIERNES CATORCE (14) DE ENERO DEL 2022, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), con el objeto de que las partes hagan valer los argumentos de sus pretensiones jurídicas procesales, todo ello conforme a lo previsto, en el segundo aparte del artícul.....