DECIDE:
En el juicio de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA seguido por la ciudadana CARLA ANDREINA RINCÓN CHACÓN, contra el ciudadano FERNANDO CARLOS NARVÁEZ LUENGO, a favor de la niña SOFÍA ALEJANDRA NARVÁEZ RINCÓN:
A.- Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento hecho por los ciudadanos FERNANDO CARLOS NARVÁEZ LUENGO y CARLA ANDREINA RINCÓN CHACÓN, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido desistimiento. En consecuencia;
B.- ORDENA: Suspender la Medida de embargo decretada en la sentencia interlocutoria de fecha 10 de Abril de 2006, la cual recayó sobre el veinte por ciento (20%) de los siguientes conceptos: del sueldo, cesta ticket, utilidades o bonificación especial de fin de año, bono vacacional, prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros, o cualquier otra cantidad de dinero que pueda corresponderle al obligado alimentario, ciudadano FERNANDO CARLOS NARVÁEZ LUEN.....