DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: JORGE RAMÓN VILLALOBOS, venezolano, de 48 años de edad, estado civil concubino, titular de la Cédula de Identidad V.-9.781.192, fecha de nacimiento 22/01/1959, profesión obrero, hijo de Maria Villalobos y José Villalobos, residenciado en carrasqueño, Sector El 40 vía La Tetona Granja El Cañamon, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Art. 42º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de SILVIA HELENA GONZALEZ JUSSAYUU, s.....