DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Andrés Cruz Suárez, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.150.338, a los ciudadanos Andrés Julian Cruz Méndez, Anahis del Carmen Cruz Finol, Saen David Cruz Méndez, Desiree Del Carmen Cruz De Graziano, Mariana Chiquinquirá Cruz Finol y Carolina Alicia Cruz Finol, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.890.254, 12.513.211, 6.522.250, 6.215.817, 10.432.889 y 14.356.006, en su condición de hijos, respecto al causante Andrés Cruz Suárez. Se dejan a salvo los derechos de terceros.