Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma a favor de los penados WILMER JOSE MELEAN PEREA, de Nacionalidad Venezolana, natural de la Cañada, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N ° 7.799.432, hijo de ISIDRO MELEAN y de ANA ELIA PEREA, y residenciado en el Sector Los Pozos, calle 4, Casa N ° 34-65, la Cañada de Urdaneta, Municipio Urdaneta del Estado Zulia y SAMUEL ANTONIO PARRA de Nacionalidad Venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, soltero, de profesión u oficio Carpintero, titular de la cédula de identidad N ° 5.323.616, hijo de CARMEN RAMONA PARRA y de JOSE RAMON OCANDO, y residenciado en el sector la Invasión, calle si.....