Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACION fiscal, en contra del acusado MIGUEL ALFONSO MOLINA TORO, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18823037, soltero hijo de carmen toro y Alfonso Molina (d), obrero y residenciado en el Sector Barrio Integración Comunal a cien metros de la Empresa Arroz Mary, Maracaibo, Estado Zulia teléfonos Nros. 0261-7363695, por ser AUTOR en la comisión del delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, de conformidad con lo previsto en el articulo 456 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana LISBETH MARIA ALVAREZ RIVERO. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, de conformidad con lo establecido en el numeral 9° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO.....