Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES A CADA TREINTA (30) DÍAS, impuesta al acusado JOEL RAMON MORALES CHACIN, venezolano, natural de Maracaibo, de 26 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Promotor, titular de la cedula de identidad V-13.495.212, residenciado en la Av. 2 El Milagro con calle 76, Casa 2B-67, Maracaibo, Estado Zulia.