Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadana MARIA ELENA ROJAS CABELLO, representada por los abogados ALEXIS JOSE BALZA MEZA y MARIA ELENA MAZA DE BALZA. SEGUNDO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas que declaró CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato Opción de Compra-Venta, incoada por el ciudadano GILMER ALEXANDER BAISDEM PEREZ, contra la ciudadana MARIA ELENA ROJAS CABELLO y ordena a la demanda a cumplir con lo establecido en la CLAUSULA NOVENA del Contrato de Opción de Compra-Venta.