Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara con lugar la solicitud Fiscal y por vía de consecuencia, ORDENA la aprehensión judicial del ciudadano HENDERSON AVILIO DELGADO MALDONADO, de nacionalidad venezolana, de fecha de nacimiento 25-11-90, de 18 años de edad, titular de la C.I.:N° 19.713.135,hijo de Gladis Maldonado Briceño,residenciado en el sector Chángaleto, Av.El Trébol, casa S/N°, detrás del tanque de agua, Caja Seca, Mcpio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del CP, cometido contra el adolescente (identidad omitida), todo de conformidad con los Artículos 44, numeral 1 de la Constitución de la Republica.....