Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante EUGENIO ENRIQUE LÓPEZ SIMANCAS, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 87.702, de este domicilio, obrando en representación de sus derechos y por la parte demandada ISABEL CRISTINA ZAMBRANO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.462.289, de este domicilio, asistida legalmente por la abogado ERIKA URDANETA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado Nº 162.435, de este domicilio, por el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN.
2) Se .....