Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena:
PRIMERO: Rectificar el acta de Nacimiento N° 233 del ciudadano ALEXANDER YEPEZ PALACIO, asentada en fecha veintitrés (23) de febrero de 1981 en los libros llevados en el Registro Principal del Estado Zulia, en el sentido, que se corrija en la misma lo siguiente:
A.- En donde se lee "N° 233" debe leerse "N° 229...". Así se declara.-
SEGUNDO: Remitir copias certificadas de la presente sentencia una vez ejecutoriada al Registrador Principal del Estado Zulia, y otra a la antigua Jefatura Civil de la Parroquia San Rafael, Distrito Mara del Estado Zulia, conforme a lo previsto en el Artículo 502 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 774 del.....