Declara Aprobado y Homologado El Convenimiento suscrito por los ciudadanos Génesis Chiquinquirá Acosta Camargo y Leyber Enrique Sánchez Vergara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 25.197.809 y 15.195.905, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quedando establecido el Régimen de Convivencia Familiar a favor de la niña LEYLI MARLENE SANCHEZ ACOSTA, de la siguiente manera: PRIMERO: el progenitor compartirá con la niña todos los días de la semana a partir de las seis (6:00pm) hasta las ocho (8:00pm) en casa de su progenitora, acuerdo que será manifestado entre ambos progenitores a partir del primer año de edad de la referida niña. SEGUNDO: Los días feriados, festivos, carnaval, semana santa, vacaciones escolares, día del niño, cumpleaños y otros, ambos padres decidirán con quien la niña compartirá las mencio.....