Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano DARWIN JESUS BARRERA YÉPEZ, venezolano, fecha de nacimiento: 28/05/82, de 24 años de edad, titular de la cedula identidad No. V-14.961.563, soltero, hijo de DILIA LUCIA YEPEZ y de padre desconocido, residenciado en el sector 18 de octubre, avenida 2 con calle M-N, a una cuadra antes de la Carnicería la Gran Parada, del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena de UN (01) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesoria de Ley, por la comisión del delito HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452.3 del Código Penal, cometido en perjuicio de la IGLESIA SAN ONOFRE, pena deberá cumplir en el establecimiento penitenciario que determine el juez de ejecución que corresponda conocer de la presente causa. Remítase.....