Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio que por IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD incoada por los ciudadanos LAURA CAROLINA ROJAS LOPEZ y FREDDY JOSE FLORES DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-16.303.706 y V.-4.712.392, respectivamente, en contra de los ciudadanos ALBERTO ROJAS GONZALEZ y CLAUDIA PATRICIA LOPEZ ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No.V.-6.355.724 y V.-11.859.442, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- ASÍ SE DECIDE.-